El CDTI abre la convocatoria de ayudas para proyectos de I+D e innovación en los ámbitos de la salud de vanguardia y aeroespacial

CDTI Innovación

El Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI), organismo adscrito al Ministerio de Ciencia e Innovación, ha abierto una convocatoria de ayudas parcialmente reembolsables dirigida a proyectos de investigación y desarrollo industrial y proyectos de innovación tecnológica en los ámbitos de la salud de vanguardia y aeroespacial.

Esta convocatoria va dirigida al desarrollo de actividades de I+D+i, escalado industrial, modernización y actualización de procesos de fabricación, digitalización y actualización tecnológica y desarrollo e implementación de procesos sostenibles.

En el ámbito de salud de vanguardia, se considerarán elegibles aquellos proyectos de I+D e innovación tecnológica que encajen en alguno de los siguientes objetivos:

  • Impulso de la medicina personalizada de precisión.
  • Desarrollo de terapias avanzadas y otros fármacos innovadores.
  • Mejora de la prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación e investigación orientada a la salud, basada en la recogida, tratamiento, análisis y explotación de datos.
  • Transformación digital de la asistencia sanitaria en condiciones de ciberseguridad.

En el ámbito aeroespacial, se establecen los siguientes campos específicos de actuación:

  • Investigaciones y desarrollos dirigidos a aumentar la eficiencia de las aeronaves y reducir significativamente las emisiones contaminantes del transporte aéreo, incluyendo infraestructura aeroportuaria y sistemas para la navegación aérea que faciliten un tráfico aéreo más eficiente.
  • Nuevos desarrollos de aeronaves no tripuladas e infraestructura necesaria de software y hardware para su operación segura en el espacio aéreo compartido.
  • Sistemas y equipos embarcados.
  • Diseño de cargas útiles relacionadas con el control medioambiental, las comunicaciones cuánticas y la seguridad en cooperación internacional.
  • Refuerzo de las capacidades tecnológicas españolas para el uso comercial del espacio (incluyendo New Space).
  • Sostenibilidad, digitalización e innovación de la industria aeroespacial, incluyendo sistemas innovadores de mantenimiento, como el análisis predictivo y la monitorización en tiempo real.
  • Proyectos de I+D en este ámbito, cuyo contenido suponga un salto tecnológico significativo o un incremento de la capacidad tecnológica de la empresa.

Esta convocatoria se enmarca en la inversión 10 del componente 17 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que hace referencia a los «Préstamos del PERTE Salud de vanguardia y PERTE Aeroespacial».

Beneficiarios

Por lo general, podrán tener la condición de beneficiarias de las ayudas las empresas que estén válidamente constituidas tengan personalidad jurídica propia y domicilio fiscal en España, y desarrollen un proyecto de I+D en España. Se considerarán como empresas aquellas entidades cuya actividad principal sea la realización de actividades económicas (por ejemplo; Sociedades Agrarias de Transformación, Sociedades Cooperativas, Sociedades Laborales, Entidades Públicas Empresariales, Sociedades Mercantiles Estatales, etc.).

En el caso de la línea de innovación, en Cataluña únicamente podrán ser subvencionables proyectos realizados por pymes en municipios de las zonas asistidas (zonas “c” del mapa de ayudas regionales).

Actuaciones subvencionables

Se establecen dos líneas distintas:

  1. Proyectos individuales de I+D: de carácter aplicado para la creación o mejora significativa de un proceso productivo, producto o servicio. Estos proyectos pueden incluir tanto actividades de investigación industrial como de desarrollo experimental.
  2. Proyectos individuales de innovación: soporte a la empresa en la mejora de su competitividad mediante la incorporación de tecnologías emergentes con el objetivo de potenciar la innovación en determinadas regiones del estado.

Gastos subvencionables

En el caso de línea de proyectos de I+D:

  • Gastos de personal (investigadores, técnicos y otro personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto de investigación). Podrán imputarse gastos al proyecto tanto de personal con contrato laboral como personal autónomo socio de la empresa.
  • Gastos de instrumental y material, en la medida y durante el período que se utilice para el proyecto de investigación. En caso de que no se utilicen en toda la vida útil para el proyecto, únicamente se los costes de amortización.
  • Gastos de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas a precios de mercado, y los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de forma exclusiva al proyecto (no los costes de consultoría asociados a la solicitud del proyecto ).
  • Gastos generales suplementarios directamente derivados del proyecto de investigación.
  • Otros gastos de explotación, incluidos costes de material, suministros y productos similares, que se deriven directamente del proyecto.
  • También es elegible el gasto derivado del informe realizado por el auditor, con un límite máximo de 2.000 euros por entidad beneficiaria y meta, y los gastos de gestión y coordinación del proyecto con un límite de 6.000 euros por entidad beneficiaria y meta.

En el caso de la línea de innovación, únicamente será subvencionable la adquisición de activos fijos que supongan una innovación tecnológica y mejora de las capacidades productivas en la empresa. La inversión podrá materializarse en activos fijos nuevos materiales (instalaciones, maquinaria y equipos) e inmateriales (como las patentes, licencias, conocimientos técnicos y otros derechos de propiedad intelectual o industrial).

Cuantía

En el caso de los proyectos de la línea de proyectos individuales de I+D, el presupuesto subvencionable de los proyectos deberá ser como mínimo de 175.000 euros y no se establece un presupuesto máximo. En el caso de los proyectos enmarcados en la línea de proyectos de innovación el presupuesto subvencionable deberá ser de al menos 175.000 euros y como máximo de 30.000.000 de euros.

La cuantía de los préstamos concedidos en el marco de esta convocatoria será del 90% del presupuesto subvencionable en el caso de los proyectos de I+D y del 75% del presupuesto en el caso de los proyectos de innovación.

En el caso de los proyectos de la línea de I+D el tipo de interés aplicable será Euribor a un año fijado en la fecha de aprobación de la ayuda, con un plazo de amortización de 15 años. El tramo no reembolsable será del 20% de la cobertura financiera (que puede alcanzar hasta el 90% del presupuesto total aprobado) de la ayuda parcialmente reembolsable.

En el caso de los proyectos de la línea de innovación el tipo de interés aplicable será Euribor a un año +0,75% fijado en la fecha de aprobación de la ayuda, con un plazo de amortización de 10 años con dos de carencia. El tramo no reembolsable será del 20% de la cobertura financiera (que puede alcanzar hasta el 75% del presupuesto total aprobado) de la ayuda parcialmente reembolsable.

El presupuesto total destinado a esta convocatoria es de 513 millones de euros, 273 millones en el ámbito de la salud y 240 en el ámbito aeroespacial. De esos 513 millones hasta 100 millones de euros podrán corresponder al tramo no reembolsable o subvención equivalente.

Plazo

Los proyectos de la línea de I+D tendrán una duración mínima de 12 meses y no podrán finalizar más allá del 31/12/2025. Por su parte, los proyectos de la línea de innovación tendrán una duración mínima de 9 meses y máxima de 24 meses.

El plazo de presentación de solicitudes a esta convocatoria continua abre el 4 de diciembre de 2023 y no tiene fecha de cierre.