Bonificación por personal investigador
Mayor conocimiento implica mayor beneficio
Bonificación por personal investigador
Se trata de un incentivo que fomenta la contratación y mantenimiento del personal técnico adscrito a actividades de investigación y desarrollo I+D mediante la bonificación de un 40% de las cuotas a pagar a la Seguridad Social por contingencias comunes, aplicable con carácter ordinario en cada liquidación mensual.
Este incentivo es compatible con la Deducción Fiscal por I+D+i para empresas que acrediten la condición de Pyme Innovadora (según Orden ECC/1087/2015); no obstante, y en determinados casos, el resto de entidades podrán compatibilizar ambos incentivos siempre que no se apliquen sobre el mismo personal investigador.
Nuevo incentivo a la I+D+i de naturaleza no tributaria: bonificación en la cotización a la Seguridad Social del personal que desarrolle en exclusiva actividades de I+D+i (Personal Investigador).
"Un 40% de bonificación en las cuotas de la Seguridad Social impulsa la contratación y retención del talento técnico, estimulando la innovación y la investigación en un marco de crecimiento empresarial sostenible."
¿Qué ventajas tienen las deducciones fiscales por I+D+i?
01. Ventajas
Bonificación del 40% en las cuotas a la Seguridad Social por personal investigador dedicado exclusivamente a actividades de I+D+i.
Se pueden beneficiar entes que estén sujetos al Impuesto sobre Sociedades (aunque sea parcialmente).
Compatible con las bonificaciones por el Programa de Fomento de Empleo.
02. Valor añadido
Gestión global del servicio para el cliente. Ofrecemos herramientas que aseguran el éxito de la operación: dictamen del experto, seguridad jurídica, defensa y comparecencia.
Nuestros honorarios son en base al éxito conseguido (Success Fee).
Elaboración de una memoria técnico-económica y gestión del Informe Informe Motivado.
Puede aplicarse con bases imponibles negativas