WhatsApp

Ayudas Neotec 2025

163d8e143d13

Objetivo

Apoyar la creación de empresas de base tecnológica con vocación de crecimiento, contribuir al emprendimiento y acelerar la transferencia de conocimiento desde organismos de investigación públicos y universidades.

Entidades beneficiarias

  • Pequeñas empresas innovadoras.
  • Tres años de antigüedad máximo.
  • Capital social mínimo: 20.000 euros.

Dotación presupuestaria ayuda

Se estima 5M€, pendientes publicación de convocatoria.

Plazo de presentación de solicitudes

Del 12 de mayo hasta el 12 de junio de 2025.

Presupuesto convocatoria

20.000.000 euros.

Reserva presupuestaria mínima de 5.000.000 euros destinados a proyectos liderados por mujeres.

Características de la ayuda

1. Las ayudas de esta convocatoria consistirán en subvenciones.

2. La financiación concedida tendrá los siguientes límites:

a. Con carácter general se podrá financiar hasta el 70% del presupuesto elegible de la actuación, sin contar la formación prevista en el Anexo II de la presente convocatoria, con un importe máximo de subvención de 250.000 euros por entidad beneficiaria.

b. En las actuaciones que incluyan la contratación laboral de al menos un doctor, en los términos previstos en el Anexo I, se podrá financiar hasta el 85% del presupuesto elegible de la actuación, sin contar la formación prevista en el Anexo II de la presente convocatoria, con un importe máximo de subvención de 325.000 euros por entidad beneficiaria.

c. Adicionalmente, la cuantía de la ayuda se podrá incrementar hasta 10.000 euros en las actuaciones que hayan solicitado la formación prevista en el Anexo II de la presente convocatoria y cumplan todos los requisitos indicados en el mismo.

3. El presupuesto mínimo financiable de la actuación deberá ser de 175.000 euros, sin contar los gastos de formación previstos en el Anexo II.

4. El presupuesto máximo financiable de la actuación deberá ser de 750.000 euros, sin contar los gastos de formación previstos en el Anexo II.

5. Las ayudas se solicitarán para actuaciones anuales o plurianuales. En todo caso, las actuaciones subvencionables deberán iniciarse el 1 de enero de 2026, y podrán finalizar el 31 de diciembre de 2026, en el caso de que el proyecto tenga una duración de un año, o bien el 31 de diciembre de 2027, si el proyecto tiene una duración de dos años.

Tras dictarse la resolución de concesión definitiva, el beneficiario podrá solicitar el pago anticipado de hasta el 60% de la subvención concedida para el proyecto, con un máximo de 150.000 euros. No será necesario constituir garantía alguna.

Descarga la ficha resumen
de la ayuda